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TRATO FISCAL DE FIDEICOMISOS EN LOS EUA

Published: Thursday, February 3, 2022

TRATO FISCAL DE FIDEICOMISOS EN LOS EUA

 

I.  INTRODUCCIÓN AL TRATO FISCAL DE FIDEICOMISOS

El propósito de este boletín es ofrecer un resumen básico del trato fiscal federal de los Fideicomisos. En Estados Unidos, un Fideicomiso es un acuerdo legal en el que el Fideicomitente (la persona creando el Fideicomiso) otorga a un Fiduciario el titulo legal de su propiedad para el beneficio de otra persona (el Beneficiario). Frecuentemente, esta estructura puede ser vista cuando un padre transfiere, a un Fiduciario, las propiedades que ha adquirido a lo largo de su vida para el beneficio de sus hijos y nietos.

 

II.  TIPOS DE FIDEICOMISOS POR MOTIVOS FISCALES

Existen dos tipos generales de Fideicomisos. El primer tipo es el Fideicomiso Revocable. Esto significa que las clausulas del Fideicomiso pueden ser modificadas o canceladas. En Texas, los Fideicomisos por defecto se consideran revocables, a menos que el Fideicomiso explícitamente mencione que el Fideicomiso es irrevocable. Por defecto y para cuestiones fiscales, los Fideicomisos Revocables son considerados entidades transparentes. A pesar de ser clasificados de esta manera, los ingresos del Fideicomiso Revocable representan una carga fiscal para el Fideicomitente. En contraste, los Fideicomisos Irrevocables si llevan una carga fiscal somo se menciona mas adelante. Otro “tipo” de Fideicomiso es el Fideicomiso de Fideicomitente (“Grantor Trust”). Debido a que el Fideicomitente retiene el control del Fideicomiso, el Fideicomitente es personalmente responsable por los ingresos del Fideicomiso.

 

III.  PROPIA ENTIDAD FISCAL                                                                      

Por motivos fiscales, los Fideicomisos Irrevocables son tratados como entidades independientes. Todos los ingresos del Fideicomiso están sujetos a impuestos y le corresponden ya sea al Fideicomiso, a los Beneficiarios, o ambos. Generalmente, los Beneficiarios deben pagar impuestos sobre las distribuciones de ingresos que reciben del Fideicomiso. El Fideicomiso debe pagar impuestos sobre los ingresos no distribuidos. Por ejemplo, si un Fideicomiso con un total de $200 en ingresos gravables distribuye $100 de ingresos al Beneficiario y retiene en el fideicomiso los otros $100—tanto el Beneficiario como el Fideicomiso deben pagar impuestos. Usualmente, un Fideicomiso tiene el mismo trato fiscal que un individuo tendría, ya que los Fideicomisos también pueden gozar de deducciones y exenciones fiscales. Pero, las tasas de impuestos de los Fideicomisos son mas altas que las de individuos. En el 2021, la tasa de impuestos mas alta de un Fideicomiso fue $3,129 mas 37% sobre los ingresos arriba de $12,950. El acumular pequeñas cantidades de dinero en un Fideicomiso puede causar problemas serios. Por lo tanto, es necesario crear planeaciones fiscales efectivas para nuestros clientes con Fideicomisos.

 

IV.  LOS ACUERDOS DEL FIDEICOMISO

Los Fideicomisos son muy parecidos a los contratos. En gran medida, los Fideicomisos son gobernados por las cláusulas de dicho documento. De no ser así, las leyes del Estado en el que se creó el Fideicomiso (en este caso, Texas) sirven para complementar las clausulas ausentes. Esto es importante ya que los involucrados en el Fideicomiso marcan la pauta de como el Fideicomiso será llevado a cabo. El Fideicomitente tiene la discreción de como se llevaran acabo las distribuciones y que tipo de propiedad mantendrá el Fideicomiso.  

 

V.  CUMPLIMIENTO FISCAL DEL FIDEICOMISO

Los Fideicomisos Domésticos (formados en Estados Unidos) anualmente presentan al Servicio de Impuestos Internos (“IRS”) sus declaraciones fiscales en la Forma 1041. En cambio, los Fideicomisos Extranjeros presentan su declaración fiscal en la Forma 1040-NR. Cuando se hacen regalos a un Fideicomiso Extranjero y dicho Fideicomiso tiene Beneficiarios Americanos o Fideicomitentes extranjeros, es posible que se les requiera hacer su declaración fiscal presentando la Forma 3560 al IRS. 

 

VI.  LAS PARTES EN UN FIDEICOMISO

Los Fideicomisos pueden contar con las siguientes partes:

A.  Fideicomitente: El Fideicomitente es aquel que es dueño de propiedad y que transfiere el título legal de los activos al Fiduciario para el beneficio de los Beneficiarios.  

B.   Fiduciario: El Fiduciario es la persona designada por el Fideicomitente para tener el título legal de los activos del Fideicomiso en beneficio de los Beneficiarios. El Fiduciario tiene varios poderes, entre ellos, los poderes de administrar y tomar decisiones financieras de los activos y negocios del Fideicomiso.

C.   Beneficiario: El Beneficiario es aquel que recibe los beneficios de las propiedades que el Fideicomitente otorga al Fideicomiso.

D.   Protector del Fideicomiso: Puede ser nombrado por el Fideicomitente para proteger el Fideicomiso supervisando al Fiduciario y actuar como salvaguardia contra la mala administración de los activos del Fideicomiso.

E.  Comités: El Fideicomitente puede nombrar comités para auxiliar la administración del Fideicomiso. El Fideicomitente puede crear un Comité de Distribuciones y un Comité de Inversiones. El Comité de Distribuciones puede hacer que el Fiduciario haga distribuciones de los activos o de los ingresos del Fideicomiso. El Comité de Inversiones vigila la manera en la que los activos del Fideicomiso son administrados para maximizar las ganancias del Fideicomiso. A demás de estos dos tipos de Comité, se pueden crear otros tipos—como lo es el Comité de Administración.

 

VII.  CONCLUSIÓN

Como siempre, le agradecemos ser cliente de The Flores Group, Attorneys & Advisors, PLLC. Si desea obtener más información de las leyes de Fideicomisos, o si desea hacer cambios a su planificación patrimonial, no dude en llamar a nuestra oficina y agendar una consulta.


Atentamente,

Ruben Flores, Attorney & CPA

The Flores Group

 

Como requerimiento de United States Treasury Regulations, usted debe estar consciente que este comunicado no está escrito por el remitente para ser usado y no debe ser usado por el destinatario para prevenir penalizaciones que podrían ser impuestas al destinatario bajo la ley Federal de los Estados Unidos.

 

Ruben Flores
FGA Attorneys & Advisors
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Texas, USA
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Corporate
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